El BOP publica la modificación de la ordenanza municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida que contempla tres tipos de tarjeta –individual, provisional y colectiva- así como la creación de reservas especiales de plazas para personas con discapacidad.
El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publicado la nueva ordenanza de estacionamiento para personas con movilidad reducida que tiene como principal objetivo facilitar el desplazamiento de las personas con discapacidad, la parada, así como la regulación de nuevas plazas, la reserva de aparcamientos y estacionamientos y la regulación de la concesión de tarjetas de estacionamiento.
La ordenanza prevé tres tipos de tarjeta: individual, para aquellas personas que tengan reconocida la condición de personas con discapacidad. La autorización será personal e intransferible y utilizada de forma exclusiva cuando la persona titular conduzca o sea transportada en el vehículo. Esta tarjeta caducará a los cinco años en el caso de que la calificación de la movilidad reducida sea permanente, si es provisional la tarjeta caducará cuando haya transcurrido el plazo que indique el certificado expedido por la Junta de Castilla y León.
La tarjeta provisional se reconocerá a las personas que presenten movilidad reducida a causa de una enfermedad o patología grave. Tendrá una duración de un año pudiendo prorrogarse por igual período.
Finalmente, la ordenanza prevé la tarjeta colectiva para personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad que presten servicios sociales de promoción a la autonomía personal y de atención a la dependencia. Estas tarjetas estarán vinculadas a un único número de matrícula y será eficaz únicamente cuando el vehículo transporte de forma efectiva a personas afectadas por una discapacidad. La vigencia es de cinco años debiendo renovarse al transcurrir ese tiempo.
La tarjeta permite el estacionamiento sin límite de horario en las reservas especiales creadas para personas con movilidad reducida que estarán señalizadas en vertical con disco adicional del símbolo internacional de accesibilidad y con marcas viales. También permite estacionar durante quince minutos como máximo en las reservas de carga y descarga, la parada del vehículo en la vía pública y el estacionamiento en cualquier reserva oficial salvo en las relacionadas con la seguridad pública durante un máximo de quince minutos. Disponer de esta tarjeta exime de pagar las tasas de estacionamiento en la vía pública en las zonas reguladas por la ORA.
Creación de reservas especiales para personas con discapacidad
La creación de zonas reservadas de estacionamiento se llevará a cabo atendiendo al interés general y, especialmente, en las zonas de prestación servicios administrativos públicos y sanitarios. Se atenderán preferentemente las peticiones y solicitudes de asociaciones, centros y entidades públicas y privadas que tengan por objeto la atención de personas con discapacidad. En los aparcamientos públicos se reservarán de forma permanente y tan cerca como sea posible de los accesos peatonales. El número de plazas será al menos de una por cada cuarenta o fracción adicional.
Transporte colectivo
Los vehículos utilizados para el transporte colectivo de personas con movilidad reducida podrán utilizar las paradas habilitadas para los autobuses urbanos en idénticas condiciones y la nueva adquisición de material móvil destinado a transporte público colectivo deberá ser accesible a todas las personas con discapacidad. Los taxis o vehículos públicos adaptados darán servicio preferente a las personas con movilidad reducida.