La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), consciente de la situación de discriminación salarial, precarización y peores condiciones laborales que sufren algunos bomberos interinos de Castilla y León que, perteneciendo a una administración trabajan para otra por convenio de colaboración entre ambas, ofrece su “más absoluto apoyo” a la “justas” reivindicaciones que exigen esos bomberos interinos.
CSIF explica que la diferencia única entre un funcionario de carrera y un interino es la propiedad de la plaza, y no otras diferencias ni condiciones en el trabajo, “por lo que los bomberos interinos deben tener las mismas condiciones y debe afectarles los mismos acuerdos laborales”.
CSIF explica que los acuerdos y estrategias que algunas administraciones locales de la Comunidad están propiciando, para crear servicios de extinción de incendios y de salvamento con el menor coste económico posible, “favorecen servicios sin garantías de calidad, sin los bomberos funcionarios profesionales suficientes, incumplen la normativa vigente y permiten una mala praxis, siendo un problema tremendamente importante y grave sobre el que esas administraciones deben reflexionar”.
CSIF recuerda a esas administraciones locales (ayuntamientos y diputaciones) la obligatoriedad de dar el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento conforme a ley, como ocurre en el caso de las poblaciones de menos de 20.000 habitantes, y aquellas localidades que superando esos habitantes renuncien expresamente a asumir ese servicio.
Las diferentes leyes actuales (LPCCyL 4/2007, EBEP, LRBRL, LFPCyL) dejan claro que estos servicios, por ser de potestad pública y preservar los bienes y vidas de los ciudadanos, deben reservarse para funcionarios de carrera que ostentan, además, el reconocimiento de autoridad aclara CSIF.
Estos servicios de prevención y extinción de incendios son calificados de esenciales, y entre sus funciones se encuentra el control, dirección y supervisión de otros servicios denominados complementarios que puedan existir como refuerzo, como las agrupaciones de voluntarios y empresas privadas (afectadas además por la ley de contratos públicos que les inhabilita en todas aquellas funciones reservadas en exclusiva para la Función Pública).
Por ello, CSIF advierte que los servicios de extinción de incendios y de salvamento, de obligado cumplimiento para las administraciones, no pueden sustituirse ni por voluntarios ni por empresas privadas que sustituyan a los servicios públicos. CSIF lamenta “la negativa actitud de algunas administraciones locales que, lejos de cumplir las leyes, intentan desviar la atención de una responsabilidad que actualmente les compete, lanzando ‘balones fuera’ y responsabilizando a instituciones de rango mayor que, dicho sea de paso, resulta que son las responsables de no permitir la mala praxis en este caso concreto de los servicios de extinción de incendios y salvamento”.
CSIF insiste en la petición formal hecha ya a ayuntamientos y diputaciones,” ofreciéndonos a colaborar en una línea de trabajo que lleve a crear un Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento con profesionales funcionarios que garantice una homogeneidad de servicio, de eficiencia y de calidad a toda la ciudadanía de la Comunidad”.