La adecuación del Reglamento permitirá dotar del régimen normativo adecuado, hasta ahora inexistente, a los criterios técnicos comunes que deben aplicarse por todos los Organismos de cuenca cuando tramiten la aprobación o modificación de los planes de sequía de sus respectivas demarcaciones.
El proyecto de Real Decreto permanecerá en información pública durante los próximos tres meses para que todos los interesados puedan presentar las propuestas que estimen oportunas.
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA), ha sacado a información pública el borrador del Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Planificación Hidrológica en lo relativo a la elaboración, aprobación y modificación de los planes de sequía, así como en relación con la definición del sistema global de indicadores de sequía prolongada y escasez.
La modificación del actual Reglamento de Planificación pretende recoger con el rango normativo adecuado que proporciona un real decreto los criterios comunes de aplicación que deberán tener en cuenta todos los Organismos de cuenca en la aprobación de los planes de sequía de sus respectivas demarcaciones. Al tiempo establece la adecuada definición del sistema global de indicadores que será de general aplicación para evitar distorsiones en el tratamiento de la sequía en cada territorio.
Además, esta modificación proporcionará el marco adecuado para acometer la futura revisión de los planes especiales ante situaciones de sequía de cara al tercer ciclo de planificación, garantizando así la coherencia entre ambos instrumentos.
CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN
La modificación del Reglamento se centra en dos aspectos, por un lado la incorporación del contenido básico de un plan de sequías y por otro el procedimiento para la aprobación, seguimiento y revisión de los planes.
En concreto, la modificación que sale a información pública permitirá diagnosticar claramente y de forma diferenciada las situaciones de sequía prolongada y escasez y concretará los trámites a llevar a cabo para la aprobación de los planes de sequía, en particular en relación con la participación pública o la intervención de los órganos colegiados.
La modificación del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba del Reglamento de Planificación Hidrológica permanecerá en información pública hasta el 22 de marzo de 2018 para que todos los interesados puedan presentar las propuestas o sugerencias que estimen oportunas.