La Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha publicado hoy la convocatoria de subvenciones para la adquisición de pastores eléctricos destinados a proteger los asentamientos colmeneros en Castilla y León de los daños y perjuicios ocasionados por el oso pardo. Estos pagos compensatorios están contemplados entre las medidas de protección y los planes de recuperación de esta especie.
El Boletín Oficial de Castilla y León publica hoy la convocatoria de estas subvenciones, que disponen de un presupuesto de 31.485 euros, para paliar los daños ocasionados por el oso pardo en las colmenas de propietarios o usufructuarios particulares, quienes deberán tener instalado un pastor eléctrico funcionando adecuadamente para poder optar a estos pagos compensatorios.
La finalidad de estas subvenciones es la protección del oso pardo en Castilla y León y para ello se busca minimizar los daños que esta especie pueda causar a las explotaciones apícolas que desarrollan su actividad en la Comunidad y evitar agravios comparativos entre los asentamientos colmeneros que se ubican en zonas de presencia de oso pardo y los que están fuera de las mismas.
Los beneficiarios son las personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes propietarias o usufructuarias de explotaciones apícolas y son subvencionables los gastos de adquisición de equipos de pastores eléctricos, que incluyen el pastor eléctrico, hilos conductores, baterías, placas solares, asisladores, tomas de tierra y estacas para sujetar el hilo.
En el caso de explotaciones apícolas cun solo asentamiento colmenero no se tendrá en cuenta el número de colmenas, y en caso de más de un asentamiento, solo se subvencionará aquellos que cuenten con al menos 40 colmenas.
El plazo de presentación de solicitudes para estas ayudas estará abierto durante un mes a partir de la fecha de publicación.
La Comunidad de Castilla y León, mediante Decreto 108/1990, de 21 de junio, por el que se establece el estatuto de protección del oso pardo en la Comunidad de Castilla y León y se aprueba su Plan de Recuperación, contempla como una de las herramientas que permitan eliminar las causas de la progresiva desaparición de esta especie y posibilitar su recuperación, la indemnización de los daños y perjuicios que ocasionalmente pueda causar el oso pardo en todo el territorio de la Comunidad y que sean debidamente comprobados.
La Orden FYM/1010/2016, de 21 de noviembre, regula el régimen de los pagos compensatorios derivados de los daños y perjuicios ocasionados por el oso pardo en las propiedades particulares, estableciendo como requisito indispensable para la concesión de los pagos compensatorios por los daños que el oso pardo pueda ocasionar a las colmenas el tener instalado un pastor eléctrico en adecuado funcionamiento.