- Un matrimonio de León recuperará más de 4.000 € que tendrá que abonar el Santander, condenado también a pagar las costas
- La sentencia recoge vicio en el consentimiento en el contrato de adquisición
- Vallverdú Abogados suma otra victoria en su lucha por los derechos de los afectados por la venta del Popular
La sección 2ª de la Audiencia Provincial de León dicta una sentencia que anula la adquisición de acciones Banco Popular, condenando al Banco Santander a devolver 4.403,75 € a un matrimonio de León con expresa condena en costas.
La magistrada entiende que “en este supuesto concreto que nos ocupa, se trata de la adquisición de acciones de carácter primario y la pretensión ejercitada puede examinarse dentro del ámbito de la acción de nulidad por error en el consentimiento. Este Tribunal comparte y considera adecuada la valoración probatoria llevada a efecto por el Juzgador de instancia, cuyo detalle en el examen de las actuaciones es evidente y se deduce de la extensa y razonable argumentación, habiendo justificado las razones por las que valora el informe pericial de la parte actora que se presenta como documento número 15 de la demanda y que explica las causas de la distorsión de la imagen fiel de las cuentas anuales, situación que se pone en evidencia cuando el Banco comunica el 3 de abril de 2017 a la CNMV incidencias respecto de la cartera de crédito y ampliación de capital de mayo de 2016 que viene a reconocer el déficit en la dotación de provisiones anterior al año 2015.”
Para Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados: “La presente sentencia de la Audiencia de León es ejemplar, puesto que detalla brillantemente la esencia que subyace en el fenómeno Banco Popular. Esta sentencia, en mi opinión, puede y debe convertirse en referente a escala nacional.”