Los solicitantes de las subvenciones para la extensión de las cuotas de la Seguridad Social (Tarifa Plana) deben de estar pendientes del correo electrónico que haya facilitado a efectos de notificación para poder acceder a la resolución.
La Administración ha podido constatar que algunos solicitantes no acceden en plazo a sus notificaciones, pudiendo acarrear en el futuro consecuencias de requerimiento de devolución en aquellos casos que hayan solicitado anticipo, o de no llegar al cobro si no se presenta la justificación en plazo.
La Dirección General de Economía Social y Autónomos recuerda a los autónomos que hayan solicitado la ayuda para la extensión de la reducción de las cuotas de la seguridad social, que deben realizar un seguimiento telemático de su solicitud, y especialmente de las notificaciones que reciben en la dirección de correo electrónico que hayan facilitado. Recibido ese correo electrónico, disponen de 10 días naturales para poder leer la notificación en la que se les informa de la resolución de su solicitud, en la que se les indica la documentación y los plazos para la justificación. Las consecuencias de no aportar la documentación en plazo, puede conllevar la devolución de la subvención recibida anticipadamente o el no cobro de la ayuda.
Hay que recordar que la tramitación telemática se realiza de acuerdo con la normativa vigente, que obliga tanto a las Administraciones Públicas como a las empresas y profesionales a relacionarse entre sí a través de medios electrónicos. El seguimiento de la solicitud y el acceso a las notificaciones es un proceso sencillo, que puede realizarse a través de la sede electrónica de la Junta de Castilla y León, o bien, a través del correo electrónico que el solicitante haya facilitado al inicio del expediente y en el que recibe todas las notificaciones.