Castilla y León registra hoy 1.411 casos de la COVID-19, con lo que su número actual es 626.217; de esa cifra, 619.736 positivos han sido diagnosticados mediante pruebas de infección activa (*).
Todos los nuevos positivos han sido notificados atendiendo a la definición de caso confirmado de infección por SARS-CoV-2 adoptada por la Autoridad sanitaria nacional en la Estrategia de Diagnóstico Precoz, Vigilancia y Control de la COVID-19, de 12 de agosto de 2021; de los 1.411 nuevos positivos trasladados hoy al C.C.A.E.S. de acuerdo con el criterio epidemiológico del Ministerio de Sanidad, 1.380 han tenido confirmación el día previo.
Los brotes activos (**) actualmente en el conjunto de la Comunidad son 387 y los casos positivos a ellos vinculados, 5.889.
En el ámbito asistencial hospitalario se han consignado hoy 23 nuevas altas y 13 fallecimientos más, para sendos totales, respectivamente, 38.222 pacientes y 6.966 decesos.
La situación sanitaria, recogida territorialmente, puede consultarse en el archivo adjunto de forma más amplia a través de este enlace al Portal de Transparencia de la Administración castellana y leonesa ( Enlace a la información estadística sanitaria sobre la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León ); también ahí puede encontrarse la evolución diaria de la vacunación frente a la COVID-19.
La Comunidad de Castilla y León se sitúa actualmente en situación de riesgo controlado ( Acuerdo 100/2021, de 16 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la situación de riesgo controlado para todo el territorio de la Comunidad ), con las medidas, obligaciones y limitaciones que, para ese estadio, se recogen en el normativa vigente, entre ella el Acuerdo 46/2021, de 6 de mayo, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y sus posteriores actualizaciones, cuyo texto consolidado vigente puede consultarse en este enlace: Texto consolidado del Acuerdo 46/2021, de 6 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la pandemia por la COVID-19 .
La declaración de situación de riesgo controlado conlleva la eliminación de limitaciones de aforos y horarios, pero manteniendo las obligaciones generales de cautela y protección referidas al uso de la mascarilla y a la distancia de seguridad, además de la recomendación del lavado frecuente de manos; asimismo la obligación de colaborar en la información necesaria para la trazabilidad de contactos y en el cumplimiento de situaciones y prescripciones en aislamientos y cuarentenas; y continúa la prohibición de fumar en vía pública si no se puede asegurar la distancia de seguridad, así como totalmente en terrazas de hostelería.
Asimismo es necesaria la observancia responsable y solidaria de las limitaciones vigentes referidas a sectores y ámbitos sociales y de actividad concretos en cada momento, entre las que se encuentran las ‘Medidas especiales de salud pública en el ámbito de los eventos deportivos multitudinarios para la contención de la COVID-19 en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León’, en vigor a lo largo del presente mes de febrero ( Acuerdo 12/2022, de 27 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se adoptan medidas especiales de salud pública en los eventos deportivos multitudinarios, para la contención de la COVID-19 en la Comunidad ).
Las autoridades sanitarias insisten en la relevancia, para superar la pandemia y sus consecuencias de toda índole, de las responsabilidades individual y colectiva de los ciudadanos, cumpliendo con las medidas preventivas referidas al uso obligatorio de la mascarilla, a la distancia interpersonal y a la higiene de manos, además de aquellas otras definidas en la normativa vigente.
Sólo a través de la corresponsabilidad, la solidaridad y la colaboración ciudadana y con el esfuerzo y el compromiso de los profesionales sanitarios y de todos los colectivos sociales y profesionales implicados, la pandemia por la COVID-19 podrá ser superada, siendo para ello fundamental cumplir las recomendaciones sociales y sanitarias de autoridades nacionales, autonómicas, provinciales y locales.
(*) Pruebas diagnósticas de infección activa (P.D.I.A): PCR y test Ag.
(**) Se considera brote cualquier agrupación de tres o más casos con infección activa en los que se ha establecido un vínculo epidemiológico y, en el caso de residencias de personas mayores u otros centros socio sanitarios, con uno o más casos. Un brote activo se define como aquel que haya tenido algún caso en los últimos catorce días, teniendo en cuenta la fecha de inicio de síntomas o la de diagnóstico, si la de los síntomas no está disponible.