Además de la prórroga de la limitación de entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad de Castilla y León desde las 00:00 horas del día 4 de diciembre de 2020 hasta las 23:59 horas del día 10 de diciembre de 2020, ahora resulta que a León, Salamanca, Ávila y Segovia, por tener mejores datos y permitir algunas mejoras en la apertura de la hostelería y centros comerciales, quedan confinadas respecto al resto de las provincias. Pueden transitar entre ellas.

Los efectos son desde las 00:00 horas del día 4 de diciembre, hasta las 23:59 horas del día 10 de diciembre de 2020. Son efectos secundarios negativos a pesar que internamente se haya producido una pequeña mejoría.

La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen estará permitida siempre y cuando tenga origen y destino fuera de la provincia de León y del territorio comprendido en el perímetro conjunto de las provincias de Salamanca, Ávila y Segovia.

En definitiva, se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la provincia de León y del territorio comprendido en el perímetro conjunto de las provincias de Salamanca, Ávila y Segovia, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

  1. a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  2. b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  3. c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
  4. d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  5. e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  6. f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  7. g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  8. h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  9. i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  10. j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  11. k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Está permitida la entrada y salida del territorio de la provincia de León y del territorio comprendido en el perímetro conjunto de las provincias de Salamanca, Ávila y Segovia, siempre y cuando el origen y el destino del trayecto sean dichos territorios.