El objeto y la finalidad del proyecto de ley que ha aprobado hoy el Consejo de Gobierno es la modificación de trámites en tres leyes para la reducción de cargas administrativas y la dinamización empresarial, a la vez que se reducen los costes administrativos. La simplificación de procedimientos y la reducción de cargas burocráticas están entre las prioridades en las políticas públicas de la Junta para ofrecer una respuesta rápida y eficaz a las necesidades de los ciudadanos y, en especial, de las empresas con el fin de favorecer el empleo.
La simplificación de procedimientos y la reducción de cargas administrativas constituyen una prioridad en las políticas públicas cuya finalidad es ofrecer una respuesta rápida y eficaz a las necesidades de los ciudadanos y, en especial, de las empresas. Este proyecto, que se enmarca en el Acuerdo 21/2016, de 28 de abril, por el que se aprueban medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial, aborda la simplificación administrativa mediante la elaboración de mapas de procesos, los cuales aúnan y ordenan todos aquellos procedimientos administrativos que inciden sobre una misma actividad empresarial, acometiendo su simplificación de forma conjunta, lo que permite suprimir trámites y requerimientos similares que coexisten en diversos procedimientos y facilitan al empresario el conocimiento claro y ordenado de los requisitos exigidos para el desarrollo.
En este sentido, el Acuerdo contemplaba para 2016 la revisión de los procesos de instalación de empresas de los sectores de mayor impacto en la Comunidad, estableciendo la revisión de cinco procesos en cada uno de los semestres. Servicios de restauración, industrias agroalimentarias, explotaciones ganaderas, centros, servicios y establecimientos sanitarios sin internamiento e industrias vinculadas con recursos forestales son los sectores analizados en el primer semestre.
El objeto de este proyecto de ley, que consta de cuatro artículos, una disposición transitoria y dos finales, es efectuar la modificación de tres leyes en lo que afecta a la simplificación de su tramitación. En concreto, los servicios de restauración están afectados por la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León, en lo que atañe a su actividad principal y por la Ley 4/1998, de 24 junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León, en lo referente a la actividad complementaria de juego que puede desarrollarse en ellos. Las industrias vinculadas con los recursos forestales resultan afectadas por la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León.
Modificaciones de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
La modificación de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León adapta la normativa de espectáculos a la de protección del medio ambiente que sustituye la licencia ambiental por una comunicación (de dos meses a un día). Además, sustituye la exigencia de autorización administrativa por la presentación de una declaración responsable o comunicación en los procedimientos relativos a horarios (ampliaciones, reducciones y horarios especiales), a las condiciones particulares de admisión en los establecimientos. En estos dos últimos casos, los plazos se reducen de un mes a un día. El proyecto de ley, a su vez, ajusta el correspondiente régimen sancionador.
La modificación de la Ley reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León también sustituye la autorización administrativa de instalación de máquinas en establecimientos de restauración por una declaración responsable, reduciéndose el plazo, por tanto, de tres meses a un día.
Asimismo, reemplaza la autorización administrativa por una declaración responsable en los establecimientos específicos de juego, casinos de juego, salas de bingo, salones de juego y casas de apuestas para que el establecimiento pueda funcionar y fija las distancias que deben guardar los establecimientos específicos de juego y apuestas entre sí y respecto a centros de enseñanza.
Por otro lado, suprime el documento profesional a las personas que presten servicios en empresas dedicadas a la explotación de juego y apuestas, respondiendo así a la exigencia de la Ley de garantía de unidad de mercado y adapta el régimen sancionador a las modificaciones citadas.
En conjunto, estas medidas, teniendo en cuenta el volumen de expedientes tramitados en el último año y utilizando el método de valoración acordado en 2009 por todas las Administraciones Públicas, implicarían un ahorro en la gestión administrativa para las empresas operadoras y para los titulares de los servicios de restauración de más de 3,5 millones de euros, que podrán dedicar, por ejemplo, a nuevas tareas productivas y, por lo tanto, a generar más empleo.
Se trata de un subsector que mueve un 20,3 % del volumen total de negocios del sector servicios y de más de 65.000 personas ocupadas en más de 22.000 establecimientos.
Modificaciones de la Ley de Montes de Castilla y León
Este proyecto, bajo la rúbrica “Aprovechamientos Forestales”, regula también la modificación de la Ley de Montes de Castilla y León. No afecta directamente a la creación de empresas en el sector de los aprovechamientos forestales, pero sí al posterior desarrollo de su actividad. Por ejemplo, en el caso de aprovechamientos en montes de Utilidad Pública se reduce el plazo para la emisión de la licencia de aprovechamiento de un mes a 15 días. Incluso, establece la emisión de oficio de la licencia en determinados casos. En montes no gestionados por la administración autonómica, es decir, en montes privados, simplifica la regulación de los aprovechamientos maderables y leñosos. En el caso de que existiese un instrumento de ordenación en vigor, sustituye el anterior régimen de comunicación condicionada por uno nuevo de declaración responsable (reduciéndose el plazo de un mes a un día). Si no existiese un instrumento de ordenación en vigor, el interesado deberá solicitar autorización, pero se reduce el plazo de resolución de tres meses a un mes. Asimismo habilita un régimen de declaración responsable para aquellos aprovechamientos con escasa afección ambiental, como son los de turno corto y los de menor cuantía, (plazo de un día).
La valoración económica del previsible ahorro de las empresas para los aprovechamientos maderables en montes privados, teniendo en cuenta la media de expedientes tramitados con carácter anual, asciende para este sector a más de tres millones de euros.
La revisión de estos cinco procesos empresariales, además de la modificación de estas tres leyes, conlleva otras modificaciones normativas. En concreto, se han aprobado ya dos decretos, uno por el que se regulan los establecimientos de restauración en la Comunidad de Castilla y León y el Decreto por el que se crea el Registro de empresas y actividades alimentarias de la Comunidad y se regulan los procedimientos de autorización sanitaria de funcionamiento y comunicación previa de actividad de los establecimiento y empresas alimentarias. Asimismo, en la actualidad, hay otros cinco decretos que se encuentran en fase final de tramitación.
Transparencia y Participación Ciudadana
De conformidad con la Ley de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, el anteproyecto de ley se ha puesto a disposición de todos los ciudadanos en el Portal de Gobierno Abierto de Castilla y León desde el 29 de julio de 2016 hasta el 9 de agosto de 2016, se ha dado audiencia a las entidades más representativas de los distintos sectores afectados y ha sido informado favorablemente por el Consejo Regional de Medio Ambiente de Castilla y León y el Consejo del Juego de Castilla y León. También ha sido objeto del preceptivo dictamen del Consejo Consultivo y se han atendido sus observaciones.