La Junta ha convocado ayudas por valor de 100.000 euros para financiar los costes laborales de los profesionales que trabajan como preparadores en el ámbito laboral, que desarrollan la actividad de apoyo de trabajadores con discapacidad que trabajan en empresas ordinarias.
5 de agosto de 2017
Castilla y León | Consejería de Empleo
La Consejería de Empleo, a través de la Dirección General de Economía Social y Autónomos, ha convocado esta ayudas, que cuentan con un presupuesto de 100.000 euros, y que se destinarán a financiar los costes laborales y de seguridad social derivados de la contratación de preparadores laborales que llevan a cabo las acciones de empleo con apoyo.
Destinatarios
Los destinatarios finales de estas ayudas son trabajadores con discapacidad inscritos en el Ecyl como demandantes de empleo no ocupados, así como trabajadores con discapacidad contratados por centros especiales de empleo, siempre que, en ambos casos, sean personas con parálisis cerebral, con enfermedad mental con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33 %. También aquellas personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 %.
Se considerarán también destinatarios finales del programa de empleo con apoyo a las personas sordas y con discapacidad auditiva, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33 %.
Cuantías
La cuantía de la subvención se establece en función del número de trabajadores con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía de los destinatarios del apoyo para desarrollar su trabajo. De esta forma se destinarán 6.600 euros anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 %; 4.000 euros anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33% e inferior al 65%; y finalmente, 2.500 euros anuales por cada trabajador con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 %, o personas sordas y con discapacidad auditiva reconocida igual o superior al 33 %.
Estas subvenciones se reducirán proporcionalmente en función de la duración del contrato de cada trabajador con discapacidad así como en función de su jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.
Beneficiarios
Se podrán beneficiar de estas ayudas las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que suscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a los trabajadores con discapacidad a los que se les va a prestar el empleo con apoyo. También los centros especiales de empleo que suscriban un convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a trabajadores con discapacidad procedentes de la plantilla del mismo centro o de otros centros especiales de empleo. Por último, se pueden beneficiar las empresas del mercado ordinario de trabajo, incluidos los trabajadores autónomos, que contraten a los trabajadores con discapacidad beneficiarios de dichas acciones siempre que cuenten en su plantilla con preparadores laborales especializados.
Periodo subvencionable
Serán subvencionables las contrataciones de trabajadores con discapacidad que se realicen entre el 1 de julio de 2016 y el 3 de junio de 2017. Por otra parte las solicitudes podrán presentarse desde la publicación de la convocatoria hasta el 15 de septiembre de 2017.