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La Consejería de la Presidencia ha elaborado un nuevo catálogo de puestos tipo con la forma y tramitación de un decreto e incluyendo los informes y estudios previos, las dos cuestiones que el fallo del TSJ apuntaba como motivos de la declaración de la nulidad del catálogo anterior. El catálogo de puestos tipo establece los tipos de puestos con los que puede contar la Administración a la hora de elaborar las relaciones de puestos de trabajo (RPT). Al estar ya predeterminados los tipos de puesto se facilita mucho la actualización de las plantillas de la Administración, que hasta la aprobación del anterior catálogo llevaban más de 20 años sin modificarse.

Ahora, cuando sea necesario dar de alta puestos de trabajo, las consejerías del Gobierno autonómico  deberán elegir, de entre los puestos tipo establecidos en el catálogo, los que mejor se adapten a las necesidades de la organización, con los únicos márgenes de variación que en el propio catálogo se encuentren previstos.

¿Por qué un nuevo catálogo?

En septiembre de 2017 la Junta aprobó el primer catálogo de puestos tipo con el voto favorable de 4 de los 5 sindicatos presentes en la Mesa General de Negociación, pero en diciembre de 2018 la sala de lo contencioso-administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia lo anuló por dos motivos: consideró que debía adoptar la forma de decreto y tramitarse como tal, no como Acuerdo de Junta, y porque debían constar en el expediente los informes o estudios previos que se hubieran realizado en la elaboración del catálogo de puestos tipo.

Aunque la sentencia no es firme y está recurrida, la Consejería de la Presidencia ha optado por elaborar un nuevo catálogo de puestos tipo atendiendo a las consideraciones de la sentencia para poder tener un instrumento que permita dar de alta nuevas plazas si es necesario, sin que penda sobre ellas una amenaza de nulidad.

Por otro lado, un nuevo catálogo atendiendo al contenido del fallo del TSJ y la consiguiente adaptación de las relaciones de puestos de trabajo al mismo permiten afrontar con mayores garantías los recursos que se presentan sistemáticamente contra los actos y resoluciones de la Administración en materia de personal.

Qué pasos se siguieron tras la aprobación del catálogo en 2017

La Junta, una vez aprobado el catálogo de puestos tipo en septiembre de 2017, actualizó las relaciones de puestos de trabajo que no se habían modificado desde hacía más de 20 años. Tras la actualización de las relaciones de puestos, en octubre de 2018 se han convocado todas las plazas que no tenían titular -más de 6.000- a concurso de traslados para que los funcionarios de carrera pudieran solicitar el cambio de plaza, más de 5.800 funcionarios han concursado.

En la actualidad el concurso está en fase de resolución, en próximas fechas saldrá la resolución provisional que afecta a todas las plazas salvo a 31 de letrados que están suspendidas cautelarmente se da un plazo de alegaciones de 10 días a los concursantes, éstas se estudian por la Administración que resuelve definitivamente el concurso. Esta última fase de resolución definitiva podrá realizarse sobre todas las plazas salvo las 31 de letrados y otras 500 de personal de la escala sanitaria, que están suspendidas cautelarmente hasta que el juzgado  falle sobre un recurso planteado contra el concurso abierto y permanente.

Finalidad del decreto

El objeto del decreto aprobado hoy es fijar los criterios seguidos para la clasificación de los puestos tipo, y aprueba el catálogo de puestos tipo de personal funcionario constituido por una relación de 72 puestos indicando para cada uno de ellos el cuerpo, el grupo o subgrupo, la forma de provisión, el nivel, el específico y la descripción funcional básica.

El decreto establece el plazo de un mes para que la Junta acomode las relaciones de puestos de trabajo al catálogo aprobado y prevé la revisión del catálogo en el plazo máximo de seis meses para asegurar la adecuación del catálogo de puestos tipo a las necesidades de prestación del servicio público que cambian con rapidez y debe garantizarse que la Administración se ajusta también con rapidez a las necesidades y demandas de los ciudadanos.

Tramitación: un proceso transparente y muy participativo

Para elaborar  el catálogo se ha partido del estudio de las relaciones de puestos de trabajo, tanto de las que  existían en julio de 2017 -más de 17.400 plazas- como de las actuales -16.800-. El catálogo se ha negociado con intensidad, se han celebrado hasta seis mesas de negociación entre los meses de enero, febrero y marzo y ha sido informado favorablemente en el Consejo de la Función Pública.

Durante estos meses se ha trabajado con las consejerías, se ha expuesto a trámite de participación en el Portal de Gobierno Abierto donde se han realizado más de 40 aportaciones, se ha sometido a trámite de audiencia e información pública aunque no era una exigencia legal y se ha remitido también a las juntas de personal aunque no tienen entre sus funciones intervenir en la tramitación de estas disposiciones. El proceso ha sido transparente y muy participativo.

Ventajas obtenidas con el catálogo

El catálogo permite disponer de un instrumento para simplificar y agilizar la aprobación de la relación de puestos de trabajo (RPT) y así garantizar que la plantilla de la Administración se ajuste a las necesidades de cada momento. Una RPT ajustada es imprescindible para convocar plazas a concurso, ya que es evidente que la Administración no puede convocar plazas que prevea modificar o amortizar, motivo por el que no se convocan concursos con la regularidad necesaria en las diferentes administraciones públicas.

Con el catálogo de puestos tipo se reduce, sobre el que tradicionalmente tenía la administración, el número de puestos de libre designación y de concurso específico. Con carácter general, todas las plazas con nivel inferior al 26 no tendrán como forma de provisión la libre designación, salvo que sean jefaturas o secretarios de alto cargo. Se reducen también las plazas cuya forma de provisión es el concurso específico, que pasan a proveerse por concurso ordinario.

Esas modificaciones en la forma de provisión, cuando se modificaron las RPT el año pasado, implicó la reducción de los puestos de libre designación en 274, los de concurso específico en 311 y que la forma de provisión de nueve de cada diez puestos de trabajo que hay en la Junta sea el concurso ordinario -forma de provisión de 14.756 puestos-.

El catálogo actual ha mantenido la eliminación de los puestos con niveles mínimos -plazas con nivel 12 y específico 0, por ejemplo-, mejorando así las condiciones laborales de los funcionarios que ocupan esas plazas.